RESUMEN GENERAL AELC

OBJETIVOS

Objetivo General

Objetivos Específicos

COMERCIO DE BIENES

Acceso a Mercados

Reglas de Origen

México y los países del AELC establecieron reglas de origen, procesos de verificación y certificación similares a los acordados en el TLCUEM.

COMERCIO DE SERVICIOS E INVERSIÓN

Servicios

El capítulo contiene reglas y disciplinas apegadas a las disposiciones del Artículo V del GATS (General Agreement on Trade in Services)

Inversión

Las Partes adoptaron una definición de inversión acotada a la inversión extranjera directa y asumieron la obligación de garantizar la libre transferencia de los pagos relacionados con la inversión. Así mismo, ratificaron sus compromisos internacionales en materia de inversión.

ASPECTOS INSTITUCIONALES

Solución de Controversias

Las Partes acordaron un mecanismo de consulta y solución de controversias con procedimientos claros y expeditos, mediante un proceso previo de conciliación antes de la instalación del panel arbitral, dándole prioridad a la conciliación. Ambas Partes se reservan el derecho de apelar las decisiones del mecanismo previsto, ante la OMC.

Para mayor información, consulte la edición de enero de 2001 del boletín Trade Links y la página del acuerdo de la Subsecretaria de Negociaciones Comerciales. Los textos completos del TLC México-AELC pueden ser consultados en español (nota aclaratoria) o en inglés en el Secretariado de la AELC
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Antidumping y subsidios

Las Partes acordaron mantener sus derechos y obligaciones para aplicar sus respectivas legislaciones de antidumping y antisubvenciones, conforme a lo dispuesto en la OMC. Con el fin de promover soluciones constructivas, las Partes acordaron establecer un período previo de consultas a nivel gubernamental una vez presentada la denuncia correspondiente y antes de que de inicio, de manera formal, la investigación.

Competencia

Este capítulo establece el compromiso de las Partes de aplicar sus respectivas legislaciones de competencia a fin de proscribir conductas monopólicas. Contiene disposiciones generales en materia de cooperación y un mecanismo de consultas entre las autoridades de competencia de la Partes.

COMPRAS DE GOBIERNO Y PROPIEDAD INTELECTUAL

Compras de Gobierno

La estructura básica de este capítulo, se basa en los principios de trato nacional, denegación de beneficios e impugnación. En lo que se refiere a los procedimientos de compra y rectificaciones o modificaciones a las listas de entidades cubiertas por este capítulo, México apicará los procedimientos establecidos en el TLCAN y los miembros del AELC aplicaran aquellos sobre Contratación Pública (GPA) de la OMC.

Propiedad Intelectual

En este capítulo, las Partes reafirmaron sus obligaciones establecidas en diversas convenciones y tratados internacionales, de conformidad con sus legislaciones vigentes en materia de propiedad intelectual. Así mismo, establecieron un mecanismo de consultas sobre asuntos relativos a la propiedad intelectual.